La importancia de hacer el testamento

La importancia de hacer el testamento

La importancia de hacer el testamento

Lo primero que hemos de tener claro para dar al testamento la importancia que se merece, es su definición: el testamento es la declaración por la cual una persona dispone el destino de sus bienes a favor de uno más herederos y puede establecer también legados y otras disposiciones para después de su muerte.
Es decir, el testamento es la planificación en vida de lo que queremos que se haga con nuestros bienes una vez no estemos; a quien y de qué manera deseamos que nuestros bienes se repartan en la defunción.
La ventaja mas evidente de tener hecho el testamento es que somos nosotros quienes decidimos, sino lo hará la ley por nosotros. Cuando una persona muere sin haber otorgado testamento, la primera pregunta que surge es: ¿Y ahora quién hereda?
Pues la ley nos lo pone fácil, las personas que heredarán si una persona muere sin testamento serán sus hijos (si tiene), el cónyuge o pareja de hecho (si tiene), los ascendentes (si tiene), hermanos, hijos de hermanos o familiares de hasta cuarto grado (si tiene); y por último y si la persona que muere sin testamento no tiene familia, quien hereda es la Generalitat de Catalunya.
Parece increíble que esto pueda pasar, pero es más habitual de lo que nos pensamos.
Si hubiera un testamento que designara uno o más de un heredero concretos, este orden de sucesión no operaria, pues prevalece la voluntad del testador.

La manera más habitual y recomendable, pero no la única, es la del Testamento Abierto, que se tiene que hacer delante de Notario. Se trata de un testamento donde el notario recoge nuestra voluntad de hacer testamento y las cláusulas de este.

Este testamento será plasmado por escrito por parte del Notario, y nos lo leerá y custodiará el original en sus archivos. Por tanto, este tipo de testamento es el más común y que es el más seguro, dado que, aunque se perdiese, siempre podríamos recuperar el original en la notaría o donde se hubiera realizado. Si esta ya no existiera por jubilación o defunción del Notario, el testamento pasará a otro Notario que seguirá custodiando el testamento.

A veces tenemos la creencia que, para hacer este tipo de testamento es necesaria la presencia de dos testimonios, pero esto no es así de hace ya unos años. Actualmente, lo único que necesitamos para hacer el testamento será el DNI, tener más de catorce años y gozar de plena capacidad.

Aparte del testamento abierto, que es el que se utiliza el 99% de las veces, existen otros tipos de testamento, que son: el Testamento Cerrado y el
Testamento Hológrafo. El Testamento Hológrafo es aquél manuscrito por el testador, que sólo pueden hacer las personas mayores de edad y en todas las páginas del testamento debe constar la firma del testador, el lugar, el día y la hora que se realiza. Este tipo de testamento puede parecer atractivo, pues es gratuito, pero a la larga es un testamento que puede traer muchos problemas, ya que al final será un juez quien decrete la validez del testamento basándose en pruebas periciales, que tienen un coste elevado. Además, este documento sólo tendrá validez durante una duración de 4 años desde la defunción, por tanto, si los interesados no lo encontraran dentro de este periodo, ya no sería válido, cosa que es muy probable que pase, pues no queda inscrito en ningún registro oficial como el Testamento Abierto.
El Testamento Cerrado es parecido al testamento hológrafo, pero no es necesario que esté escrito a mano. La otra diferencia con el anterior es, que el testador introducirá el documento en un sobre y lo llevará a un Notario para que lo custodie y valide que al menos la persona que lo entrega, goza de plenas facultades.
Este tipo de testamento puede traer los mismos problemas de validez que el anterior, así que tampoco es muy recomendable.
Cuando una persona muere habiendo realizado un testamento cerrado, la persona interesada podrá ir al notario y solicitar aquello que hemos visto tantas veces en las películas: que abra el testamento. En este caso, el notario abrirá el testamento delante los interesados y lo leerá delante de estos y de dos testimonios.
Como conclusión, y siento repetirme, vale más acudir al Notario y firmar un testamento abierto, y así garantizar que en un momento dado se lleve a cabo nuestra voluntad.

Hay que añadir que lo más importante aparte de hacer el testamento, es hacerlo bien, y por eso es necesario estar bien asesorado por buenos profesionales.

Laia Gómez Garcia
Abogada La Previsió y La Rambla Serveis Funeraris
laia.gomez@laramblaserveisfuneraris.com